El presente trámite debe realizarse una vez concedida la licencia de obra con proyecto básico, ya que para el comienzo de las obras se requerirá siempre de una notificación al ayuntamiento con al menos diez días de antelación a la fecha proyectada para dicho inicio, acompañada del proyecto de ejecución, entre otra documentación que se requiere.
En este sentido, la notificación se deberá realizar mediante impreso normalizado, con indicación del número de expediente en el cual se concedió la licencia con proyecto básico, y aportando el resto de documentación requerida.
Ahora bien, una vez realizada la comunicación de inicio de obras, los servicios técnicos municipales deberán personarse en elterreno afectado a fin de señalar las alineaciones y rasantes. De no hacerlo en dicho plazo, podrá levantarse el acta de replanteo, firmada por el promotor, los técnicos directores y, en su caso, la empresa constructora, e iniciarse las obras.