Licencia de obra mayor con convenio del COAC
Cumplimente los valores de la zona de cálculo y pulse "Simular" para obtener los
resultados de la simulación de la tasa / impuesto.
Información importante para el cálculo
Tasa obra mayor: Resulta de aplicación lo dispuesto en el epígrafe 1.1 del artículo 5 la Ordenanza fiscal reguladora de tasas por la prestación de servicios y realización de actividades:
EPÍGRAFE 1.1 Licencia de obra mayor
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€/m
(lineal, cuadrado o cúbico)
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Mínimos
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Por obras de nueva planta y construcciones en general se aplicará sobre m2 del proyecto o medición del presupuesto
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2,21 €/m2
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552,195 €
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Impuesto de construcciones, instalaciones y obras: Conforme lo dispuesto en la vigente Ordenanza fiscal reguladora de este tributo la cuota del impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible ¿que está constituida por el coste de ejecución material¿ el tipo de gravamen del 3,75 %.
* Para iniciar el trámite debe ingresarse mediante autoliquidación la primera de las tasas relacionada (tasa principal del expediente). Posteriormente, conforme a los datos aportados, se realizará comprobación por este OA. y, en su caso, se girarán el resto de liquidaciones que procedan por la totalidad de las tasas y/o del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, devengados.